Ordenanza Regional N° 018-2024-GRL-CR: Creación de la Comisión Regional Anticorrupción de Loreto, de acuerdo a lo establecido mediante la Ley N° 29976 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 089-2013-PCM

 

AdjuntoTamaño
Icono PDF 018-2024-grl-cr.pdf2.11 MB
Artículo Primero: CRÉASE la Comisión Regional Anticorrupción - CRA Loreto, como espacio de articulación para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito de la jurisdicción regional, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 089-2013-PCM.Artículo Segundo: CONFORMACIÓN: 2.1. La Comisión Regional Anticorrupción -CRA Loreto, está conformada por:CON DERECHO A VOZ Y A VOTO:a) Gobernador Regional de Loreto.b) Presidente/a de la Corte Superior de Justicia de Loreto.c) Presidente/a de la Junta de Fiscales Superiores de Loreto.d) Procurador/a Pública Anticorrupción Descentralizada.e) Alcalde/sa de la Municipalidad Provincial de Maynas.CON DERECHO A VOZ, pero sin derecho a voto:a) Consejero Delegado del Consejo Regional de Loreto.b) Gerente/a Regional de Control de Loreto - Contraloría General de la República.c) Representante de la Iglesia Católica en el Departamento de Loreto.d) Representante/s de la Iglesia Evangélica en el Departamento de Loreto.e) Representante de la Oficina Desconcertada del OSCE - Sede Loreto.f) Coordinador/a Regional de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza.g) El/la Titular de la Región Policial de Loreto.h) El/la Titular de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores.i) Representante de la Cámara de Comercio de Loreto.j) Otros adoptados por acuerdo de la Comisión Regional Anticorrupción.
Tipo de Norma: 
Número de la norma: 
018-2024-GRL-CR
Fecha de aprobación de la norma: 
Miércoles, 7 Agosto, 2024
Ámbito de Aplicación: 
Estado de la norma: 
Vigente