APROBAR la priorización de dos Proyectos a ser ejecutados en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la priorización de dos Proyectos a ser ejecutados en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230.
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la priorización de dos Proyectos a ser ejecutados en el marco del mecanismo previsto en la Ley N° 29230.
ARTICULO N°1.-APROBAR y AUTORIZAR la DIRECTIVA GENERAL N° 005-2016-GRL-GGR/OEDII "NORMAS PARA LA ORGANIZACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA INFORMACIÓN EN PORTAL DE TRANSPARENCIA ESTÁNDAR DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO".
APROBAR la Directiva General N° 001-2017-GRL-GGR-OEDII, que contiene las "Normas para el Uso de Correo Electrónico y Optimización del Ancho de Banda para Internet en el Gobierno Regional de Loreto", cuyo objetivo es reglamentar el uso adecuado del correo electrónico y lograr la optimización del Ancho de la Banda en la red irúb7mática institucional, estableciendo un uso eficiente y adecuado de los recursos informáticos por parte de los usuarios del Gobierno Regional de Loreto, la misma que forma parte integrary;-e de la presente Reso ución.
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Regional de Loreto Basado en Resultados, Año Fiscal 2018, que consta de treinta y cuatro artículos, cuyos documentos visados al margen, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
ARTICULO 1°.CONFORMAR EL COMITE TECNICO PARA LA ZONIFICACION FORESTAL DEL DEPARTAMENTO DE LORETO constituido por las siguientes Instituciones y organizaciones.
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el "Reglamento para el registro, inscripción y elección de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Regional".
Artículo 1: Objetivos
Promover y reconocer la vigilancia y monitoreo ambiental indígena en la Región Loreto, realizado por personas naturales o jurídicas pertenecientes a comunidades campesinas, nativas y/o pueblos indígenas u originarios.
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el "MAPA DE HUMEDALES DEL DEPARTAMENTO LORETO", con una extensión de 12'037,024.71 ha, con 10 unidades de cobertura boscosa y otras asociaciones, que representan el 32.06% del Territorio Regional, repartidos en formaciones vegetales.
ARTICULO PRIMERO: MODIFICAR la conformación del "GRUPO TÉCNICO REGIONAL DE HUMEDALES DE LORETO"; encargada de elaborar y monitorear la implementación de la Estrategia Regional de Humedales y el Plan de Acción al 2021, a través de un proceso participativo regional
ARTICULO PRIMERO: REMITIR EL PEDIDO EFECTUADO POR EL CONSEJERO JAVIER ALAVA FLORINDEZ RESPECTO DEL TEMA TERRITORIO INTEGRAL DE COMUNIDADES INDIGENAS DEL CORPI, A EFECTOS DE SU EVALUACiON, ANALISIS Y EMISIÓN DEL DICTAMEN DE LEY.